Ley 2490 2002-2003

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<table> <tr> <td> <h1 class="c1"><label>APRUEBA Y RATIFICA CONVENIO DE CREDITO SUSCRITO CON EL FONDO OPEP</label> </h1> <strong><label><small>LEY 2490 <strong>LEY DE 18 DE JULIO DE 2003</strong></small></label></strong> <strong><label><small>GONZALO SANCHEZ DE LOZADA <strong>PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA </strong></small></label></strong> <p style="text-align:justify"><strong><label><small>Por cuanto el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley: <small>EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL <strong>D E C R E T A: </strong></small></small></label></strong> </p> <strong><label><small>ARTICULO UNICO.-</small></label></strong> <p style="text-align:justify"><strong><label>De conformidad a lo establecido por el Artículo 59º, atribución 5ª, de la Constitución Política del Estado, se aprueba y ratifica el Convenio de Crédito 911P, suscrito entre la República de Bolivia y el Fondo OPEP. para el Desarrollo Internacional, suscrito e] 29 de octubre de 2002, por la suma de hasta Sus 5.600.000.- (Cinco Millones Seiscientos Mil 00/100 Dólares Americanos), destinados a financiar el Proyecto de la Carretera Otorongo-Cerro Pucara, a ser ejecutado por el Servicio Nacional de Caminos. <strong>Remítase al Poder Ejecutivo, pan fines constitucionales. Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los nueve días del mes de julio de dos mil tres años. Fdo, Mirtha Quevedo Acalinovic, Guido Añez Moscoso, Enrique Urquidi Hodgkinson, Fernando Velasco Cuellar Adolfo Añez Ferreira, Marlene Fernández del Granado, Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla corno Ley de la República. Palacio de Gobierna de la ciudad de La Paz, a los dieciocho días del mes de Julio de dos mil tres años. FDO. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Carlos Saavedra Bruno, José Guillermo Justiniano Sandoval, Carlos Morales Landivar.</strong></label></strong> </p> </td> </tr> </table>