Se autoriza al Poder Ejecutivo, efectuar modificaciones presupuestarias que incrementan el grupo de gasto 10.000 "Servicios Personales", por un total de Bs. 80.303.799.-, de conformidad con
el Anexo C. ARTICULO 3°.-
Se aprueban los traspasos presupuestarios de proyectos a otros gastos, por un monto de Bs. 32.072.138.-, de conformidad al Anexo XIII. ARTICULO 4°.-
Modificase la redacción del Artículo 5º de la Ley Nº 2331 de 8 de febrero de 2002, con el siguiente texto: "Se autoriza al Poder Ejecutivo, a utilizar los saldos de los recursos
del Programa de Alivio de la Deuda (HIPC II) no utilizados en la gestión 2001 en la creación de itemes en salud y educación. Esto último, como mecanismo de compensación a los Municipios que
fueran afectados por la reducción en los ingresos de coparticipación tributaria, por la no aplicación de, los resultados del Censo Nacional del 2001, con destino a gastos sociales según dispone
la Ley del Diálogo Nacional 2000". ARTICULO 5°.-
Queda modificada la Ley Nº 2331, de 8 de febrero de 2002 que aprueba el Presupuesto General de la Nación 2002, en todo lo que se establezca Y corresponda por la presente Ley.
ARTICULO 6°.-
Se faculta al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Hacienda, a realizar todos los ajustes y modificaciones al Presupuesto Adicional, en aplicación de lo señalado en los
Artículos precedentes y en los Anexos A, B, C y D, que forman parte de la presente Ley. ARTICULO 7°.-
El Poder Ejecutivo reglamentará la presente Ley.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales. Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los once días del mes de noviembre de dos mil dos
años. Fdo. Mirtha Quevedo Acalinovic, Guido Añez Moscoso, Enrique Urquidi Hodkinson, Morgan López Baspineiro, Marlene Fernández del Granado, Erick Reyes Villa Bacigalaupi. Por tanto, la promulgo
para que se tenga y cumpla como Ley de la República. Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los catorce días del mes de noviembre de dos mil dos años. FDO. CARLOS DIEGO MESA GISBERT,
PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA, Carlos Sánchez Berzaín, Rubén Mario Ferrufino Goitia Ministro Interino de Hacienda.