Ley 2422 2002-2003
SE APRUEBA Y RATIFICA EL ACUERDO ENTRE LA REPÚBLICA DE BOLIVIA Y EL REINO DE LOS PAÍSES BAJOS SOBRE TRANSPORTE AÉREO
LEY 2422 LEY DE 25 DE OCTUBRE DE 2002 GONZALO SANCHEZ DE LOZADA PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley: EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
ARTICULO 1°.-
De conformidad con la atribución conferida por el Artículo 59º, numeral 12), de la Constitución Política del Estado, se aprueba y ratifica el Acuerdo entre la República de Bolivia y el Reino de los Países Bajos, sobre Transporte Aéreo Internacional entre Bolivia y Aruba, suscrito el 15 de febrero de 2002.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines Constitucionales. Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los quince días del mes de octubre de dos mil dos años. Fdo. Mirtha Quevedo Acalinovic, Guido Añez Moscoso, Enrique Urquidi Hodkinson, Morgan López Baspineiro, Marlene Fernández del Granado, Adolfo Añez Ferreira. Por tanto, la promulgo para se tenga y cumpla como Ley de la República. Palacio de Gobierno de la ciudad de la Paz, a los veinticinco días del mes de octubre de dos mil dos años. FDO. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Carlos Saavedra Bruno, Carlos Sánchez Berzaín, Oscar Farfán Mealla.
SE APRUEBA Y RATIFICA EL ACUERDO ENTRE LA REPÚBLICA DE BOLIVIA Y EL REINO DE LOS PAÍSES BAJOS SOBRE TRANSPORTE AÉREO
LEY 2422 LEY DE 25 DE OCTUBRE DE 2002 GONZALO SANCHEZ DE LOZADA PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley: EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
ARTICULO 1°.-
De conformidad con la atribución conferida por el Artículo 59º, numeral 12), de la Constitución Política del Estado, se aprueba y ratifica el Acuerdo entre la República de Bolivia y el Reino de los Países Bajos, sobre Transporte Aéreo Internacional entre Bolivia y Aruba, suscrito el 15 de febrero de 2002.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines Constitucionales. Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los quince días del mes de octubre de dos mil dos años. Fdo. Mirtha Quevedo Acalinovic, Guido Añez Moscoso, Enrique Urquidi Hodkinson, Morgan López Baspineiro, Marlene Fernández del Granado, Adolfo Añez Ferreira. Por tanto, la promulgo para se tenga y cumpla como Ley de la República. Palacio de Gobierno de la ciudad de la Paz, a los veinticinco días del mes de octubre de dos mil dos años. FDO. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Carlos Saavedra Bruno, Carlos Sánchez Berzaín, Oscar Farfán Mealla.