De conformidad con la atribución conferida por el ArtÃculo 59º, numeral 12), de la Constitución PolÃtica del Estado, se aprueba y ratifica la Adhesión de Bolivia al
"CONVENIO INTERNACIONAL DEL CAFE 2001".
RemÃtase al Poder Ejecutivo, para fines Constitucionales. Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los quince dÃas del mes de
octubre de dos mil dos años. Fdo. Mirtha Quevedo Acalinovic, Guido Añez Moscoso, Enrique Urquidi Hodkinson, Morgan López Baspineiro, Marlene Fernández del Granado, Adolfo Añez Ferreira. Por
tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República. Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticinco dÃas del mes de octubre de dos mil dos años. FDO.
GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Carlos Saavedra Bruno, Carlos Sánchez Berzain, Arturo Liebers Baldivieso.