Ley 2420 2002-2003

Descarga el documento

<h1 class="c2"><label><small>DECLARESE ZONA DE DESASTRE NACIONAL EN SANTA CRUZ TARIJA Y CHUQUISACA QUE SUFREN EL FENÓMENO DEL NIÑO</small></label> </h1> <p style="text-align:justify"><strong><label><small>LEY 2420 <strong>LEY DE 25 DE OCTUBRE DE 2002 GONZALO SANCHEZ DE LOZADA PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley: EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL, DECRETA:</strong></small></label></strong> </p> <h3 class="c4"><label><small>ARTICULO 1°.-</small></label> </h3> <p style="text-align:justify"><label>Declárase "ZONA DE DESASTRE NACIONAL", al territorio comprendido en las Provincias Cordillera y Chiquitos del Departamento de Santa Cruz, Gran Chaco del Departamento de Tarija y Provincias Luis Calvo y Hernando Siles, del Departamento de Chuquisaca, que sufren el Fenómeno del Niño, cuya consecuencia se refleja en una grave sequía, afectando a sus pobladores. <label><small>ARTICULO 2°.-</small></label></label> </p> <p style="text-align:justify"><label><label>Autorizase al Poder Ejecutivo, la utilización inmediata de recursos del Tesoro General de la Nación, para el traslado de agua en camiones cisternas a las comunidades afectadas, así como la perforación de pozos de agua en las zonas perjudicadas de ambos Municipios, a través de una urgente canalización de fondos de la Cooperación Internacional.</label></label> </p> <p style="text-align:justify"><label><label>Remítase al Poder Ejecutivo, para fines Constitucionales. <strong>Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los quince días del mes de octubre de dos mil dos años. Fdo. Mirtha Quevedo Acalinovic, Guido Añez Moscoso, Enrique Urquidi Hodkinson, Morgan López Baspineiro, Marlene Fernández del Granado, Adolfo Añez Ferreira. Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República. Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticinco días del mes de octubre de dos mil dos años. FDO. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Carlos Sánchez Berzain, Freddy Teodovich Ortíz, Javier Comboni Salinas.</strong></label></label> </p>