Autorizase al Poder Ejecutivo, la utilización inmediata de recursos del Tesoro General de la Nación, para el traslado de agua en camiones cisternas a las comunidades afectadas,
así como la perforación de pozos de agua en las zonas perjudicadas de ambos Municipios, a través de una urgente canalización de fondos de la Cooperación Internacional.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines Constitucionales. Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los quince días del mes de octubre de dos mil
dos años. Fdo. Mirtha Quevedo Acalinovic, Guido Añez Moscoso, Enrique Urquidi Hodkinson, Morgan López Baspineiro, Marlene Fernández del Granado, Adolfo Añez Ferreira. Por tanto, la promulgo para
que se tenga y cumpla como Ley de la República. Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticinco días del mes de octubre de dos mil dos años. FDO. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Carlos
Sánchez Berzain, Freddy Teodovich Ortíz, Javier Comboni Salinas.