Ley 2405 2001-2002

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<table> <tr> <td> <h1 class="c1"><label>ABROGAR LA LEY 2037 Y AUTORIZAR AL MINISTERIO DE HACIENDA LA TRANSFERENCIA DE UN LOTE DE TERRENO DE 1.300,68 MT2, EN LA CIUDAD DE LA PAZ EN FAVOR DEL PODER JUDICIAL.</label> </h1> <label><small>LEY 2405 <strong>LEY DE 31 DE JULIO DE 2002 JORGE QUIROGA RAMIREZ PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA </strong></small></label> <p style="text-align:justify"><label><strong>Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley: <small>EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL, <strong>DECRETA:</strong> <small>ARTICULO 1°.-</small></small></strong></label> </p> <p style="text-align:justify"><label><strong>Abrogar la Ley 2037 y en aplicación del Artículo 56º de la Ley de Pensiones 1732, de 29 de noviembre de 1996, revertir al Estado, el lote de terreno de 1.300.68 mt2, ubicados en las calles Genaro Sanjinés Nº 488-476 y Comercio Nº 920-944, de la zona de San Sebastián de la ciudad de La paz y disponer la supresión de la Partida Computarizada Nº 01382737, de 27 de noviembre de 1996, registrado en Derechos Reales de la ciudad de La Paz y su posterior inscripción a nombre del Estado. <small>ARTICULO 2°.-</small></strong></label> </p> <p style="text-align:justify"><label><strong>Autorizar al Ministerio de Hacienda, la transferencia del lote de terreno de 1.300,68 mt2, de superficie descrito en el párrafo anterior, en favor del Poder Judicial, legalmente representado por la R. Corte Superior de Distrito La Paz y la Delegación Distrital del Consejo de la Judicatura. Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales. Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veintitrés del mes de Julio de dos mil años. Fdo. Enrique Toro Tejada, Luis Angel Vásquez Villamor, Félix Alanoca González, Rubén Poma Rojas, Fernando Rodríguez Calvo, Magín Roque Humerez. Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República. Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta y un días del mes de julio de dos mil dos años. FDO. JORGE QUIROGA RAMIREZ, Alberto Leytón Avilés, Jacques Trigo Loubiere, Carlos Alberto Goitia Caballero.</strong></label> </p> </td> </tr> </table>