Ley 2387 2001-2002

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<h1 class="c1"><label>AUTORIZASE AL PODER EJECUTIVO LA TRANSFERENCIA A TITULO GRATUITO DE UN LOTE DE TERRENO DE PROPIEDAD DE LA EX CORPORACION BOLIVIANA DE FOMENTO, A FAVOR DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE LA PRIMERA SECCION DE LA PROVINCIA WARNES, DEPARTAMENTO DE SANTA CRUZÂ</label> </h1> <p style="text-align:justify"><label><small>LEY Nº 2387 <strong>LEY DE 22 DE MAYO DE 2002 JORGE QUIROGA RAMIREZ PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA </strong></small></label> </p> <p style="text-align:justify"><label><strong>Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley: <small>EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL, <strong>DECRETA: <small>ARTICULO 1°.-</small></strong></small></strong></label> </p> <p style="text-align:justify"><label><strong>Autorízase al Poder Ejecutivo la transferencia, a título gratuito, en favor del Gobierno Municipal de la Primera Sección de la Provincia Warnes, un lote de terreno de propiedad de la ex Corporación Boliviana de Fomento, registrado a nombre de la Secretaría Nacional de Hacienda y bajo la administración del Servicio Nacional de Patrimonio del Estado (SENAPE), el mismo que tiene una extensión de metros cuadrados cincuenta y dos mil setecientos cuarenta y seis con cincuenta (52.746,50 m2) según SENAPE y de metros cuadrados cincuenta y cinco mil quinientos cincuenta y ocho con cincuenta (55.558,50 m2), según mensura del Plan Regulador de dicho municipio. El inmueble está ubicado sobre la carretera Warnes ? Montero a doscientos metros de la rotonda Norte de la ciudad de Warnes. <small>ARTICULO 2°.-</small></strong></label> </p> <p style="text-align:justify"><label><strong>El Gobierno Municipal de la Primera Sección de la Provincia Warnes, destinará dicho inmueble a proyectos de equipamiento terciario, en favor del municipio. Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales. Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los catorce días del mes de mayo de dos mil dos años. Fdo. Enrique Toro Tejada, Luis Angel Vásquez Villamor, Wilson Lora Espada, Félix Alanoca Gonzáles, Fernando Rodríguez Calvo, Juan Huanca Colque. Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República. Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintidós días del mes de mayo de dos mil dos años. FDO. JORGE QUIROGA RAMIREZ, Alberto Leytón Avilés, Jacques Trigo Loubiere, Ramiro Cavero Uriona.</strong></label> </p>