Ley 237 1960-1964 Descarga el documento DESTINA EL IMPUESTO SUCESORIO DE LA SEÑORA ESPERANZA MORALES V. DE NAVAJAS, A OBRAS URBANAS DE TARIJA LEY DE 31 DICIEMBRE DE 1962 VICTOR PAZ ESTENSSORO PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA Por cuanto el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley: EL CONGRESO NACIONAL, DECRETA: ARTICULO UNICO.- Se destina el impuesto sucesorio de la señora Doña Esperanza Morales viuda de Navajas, a obras públicas urbanas, por órgano de la H. Municipalidad de Tarija. ComunÃquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales. Sala de sesiones del H. Congreso Nacional. La Paz, 17 de diciembre de 1962. Fdo.  Federico Fortún Sanjines , Presidente del H. Senado Nacional; Jorge Flores Arias,  Presidente de la Cámara de Diputados; Ismael Olivares, Senador Secretario; Ciro Humbolt, Senador Secretario; Stanley Gamberos, Diputado Secretario; Germán Gutiérrez, Diputado Secretario. Por tanto la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República. Palacio de Gobierno en la ciudad de La Paz, a los treintiún  dÃas del mes de diciembre de mil novecientos sesenta y dos años.