Ley 2368 2001-2002

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<table> <tr> <td> <h1 class="c1"><label>SE APRUEBA EL ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE BOLIVIA Y EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA ITALIANA EN MATERIA DE ADOPCION INTERNACIONAL.</label> </h1> <label><small>LEY Nº 2368 <strong>LEY DE 7 DE MAYO DE 2002 JORGE QUIROGA RAMIREZ PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA </strong></small></label> <p style="text-align:justify"><label><strong>Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley <small>EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL, <strong>DECRETA: <small>ARTICULO UNICO.-</small></strong></small></strong></label> </p> <p style="text-align:justify"><label><strong>De conformidad con el Artículo 59º, atribución 12ª, de la Constitución Política del Estado, se aprueba el Acuerdo entre el Gobierno de la República de Bolivia y el Gobierno de la República Italiana en Materia de Adopción Internacional, suscrito en Roma el 15 de febrero del 2002. Remítase al Poder Ejecutivo para fines constitucionales. Es dado en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veinticinco días del mes de abril de dos mil dos años. Fdo. Enrique Toro Tejada, Luis Angel Vasquez Villamor, Wilson Lora Espada, Félix Alanoca Gonzáles, Fernando Rodríguez Calvo, Juan Huanca Colque. Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República. Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los siete días del mes de mayo de dos mil dos años. FDO. JORGE QUIROGA RAMIREZ, Gustavo Fernández Saavedra, Alberto Leytón Avilés, Carlos Alberto Goitia Caballero, Ramiro Cavero Uriona.</strong></label> </p> </td> </tr> </table>