Ley 2349 2001-2002

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<table> <tr> <td> <h1 class="c1"><label>SE APRUEBA LAS "ACTAS, XXXI RESOLUCIONES Y II RECOMENDACIONES DE LA UNION POSTAL DE LAS AMERICAS, ESPAÑA Y PORTUGAL (UPAEP)".</label> </h1> <label><small>LEY Nº 2349 <strong>LEY DE 7 DE MAYO DE 2002 JORGE QUIROGA RAMIREZ PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA </strong></small></label> <p style="text-align:justify"><label><strong>Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley: <small>EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL, <strong>DECRETA: <small>ARTICULO UNICO.-</small></strong></small></strong></label> </p> <p style="text-align:justify"><label><strong>De conformidad con la atribución conferida por el Articulo 590, numeral 120, de la Constitución Política del Estado, se aprueban las "Actas, XXXI Resoluciones y II Recomendaciones de la Unión Postal de las Américas, España y Portugal (UPAEP)", suscritas el 12 de septiembre del 2000 durante el XVIII Congreso celebrado en Panamá. Remítase al Poder Ejecutivo para fines constitucionales. Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veinticinco días del mes de abril de dos mil dos años. Fdo. Enrique Toro Tejada, Luis Angel Vasquez Villamor, Wilson Lora Espada, Félix Alanoca Gonzáles, Fernándo Rodríguez Calvo, Juán Huanca Colque. Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República. Palacio de Gobierno de la Ciudad de La Paz, a los siete días del mes de mayo de dos mil dos años. FDO. JORGE QUIROGA RAMIREZ, Gustavo Fernández Saavedra, Alberto Leytón Avilés, Carlos Kempff Bruno.</strong></label> </p> </td> </tr> </table>