Ley 2330 2001-2002 Descarga el documento CREASE EL CANTON ARROYO CONCEPCION CON CAPITAL LA LOCALIDAD DEL MISMO NOMBRE, PERTENECIENTE A LA SEGUNDA SECCION DE LA PROVINCIA GERMAN BUCH DEL DEPARTAMENTO DE SANTA CRUZ. LEY Nº 2330 LEY DE 5 DE FEBRERO DE 2002 JORGE QUIROGA RAMIREZ PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBUCA Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley: EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL, DECRETA: ARTICULO 1°.- Créase el Cantón Arroyo Concepción con Capital la localidad del mismo nombre, perteneciente a la Segunda Sección de la Provincia Germán Busch del Departamento de Santa Cruz, comprendiendo dentro de su jurisdicción las Comunidades: Arroyo Concepción, San Pedrito y el Carmen de la Frontera. Limita el Norte con el Cantón Puerto Quijarro; al Este con la República del Brasil; al Sur, y al Oeste con Cantón Puerto Suárez. Los puntos georeferenciales son los siguientes: ARTICULO 2°.- El Instituto Geográfico Militar, de conformidad con el Artículo 29º de la Ley Nº 2150, de 20 de noviembre de 2000, Unidades Político Administrativas queda encargado de efectuar la demarcación y levantamiento cartográfico. Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales. Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veintinueve días del mes de enero de dos mil dos años. Fdo. Enrique Toro Tejada, Angel Hugo Baldiviezo Segovia, Rubén E. Poma Rojas, Félix Alanoca González, Fernando Rodríguez Calvo, Magín Roque Humérez. Por tanto, que se tenga y cumpla como Ley de la República. Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los cinco días del mes de febrero de dos mil dos años. FDO. JORGE QUIROGA RAMIREZ, José Luis Lupo Flores, Oscar Guilarte Luján, Ramiro Cavero Uriona.