Ley 2310 2001-2002

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<h1 class="c1"><label>DECLARASE DE UTILIDAD PUBLICA, LA AMPLIACION DEL MUSEO NACIONAL DE ARTE.</label> </h1> <p style="text-align:justify"><label><small>LEY Nº 2310 <strong>LEY DE 20 DE DICIEMBRE DE 2001 JORGE QUIROGA RAMIREZ PRESIDENIE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA </strong></small></label> </p> <p style="text-align:justify"><label><strong>Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley: <small>EL HONORABLE CONGRESO NAÉIONAL, <strong>DECRETA:</strong> <small> ARTICULO 1°.-</small></small></strong></label> </p> <p style="text-align:justify"><label><strong>Declarase de Utilidad Publica, la ampliación del Museo Nacional de Arre, situado en la calle Comercio Nº 985 de la ciudad de La Paz. <small> ARTICULO 2°.-</small></strong></label> </p> <p style="text-align:justify"><label><strong>Para dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo Primero, se expropia el inmueble dé la calle Comercio Nº 1048, contiguo al Museo Nacional de Arte de propiedad de la Asociación de Periodistas de La Paz, inscrito en la Oficina de Derechos Reales, bajo la Partida Computarizada Nº 01015146 del Distrito Judicial de La Paz, por el valor de avalúo del inmueble, que asciende al monto de Sus. 665.212.- <small> ARTICULO 3°.-</small></strong></label> </p> <p style="text-align:justify"><label><strong>Como justa indemnización por la expropiación dispuesta en el Artículo Segundo, se autoriza al Poder Ejecutivo a transferir, a la Asociación de Periodistas de La Paz, bienes inmuebles, muebles y enseres, por un valor total de $us. 665.212.- según el siguiente detalle: 1. Edificio Las Dos Torres, situado en la Av. 6 de Agosto de la ciudad de La Paz, de propiedad del Fondo Complementario Médico en Liquidación, que tiene un valor de avalúo de Sus. 472.974,49: Piso T1, 560 m2, precio de avalúo $us 261.732,27 Planta Baja 6,79 m2, precio de avalúo $us 38.706,57 Planta Baja 7,72 m2, precio de avalúo $US 35.879,08 Parqueo 1-14,14 m2, precio de avalúo $US 5.724,98 Parqueo 1-15,14 m2, precio de avalúo $us 5.724,98 Parqueo 3-2,14 m2, precio de avalúo Sus 5.413,70 Mezanine 1,68 m2, precio de avalúo Sus 38.818,14 Mezanine 2,71 m2, precio de avalúo Sus 37.442,09 Mezanine 3,71 m2, precio de avalúo $us 35.230,94 Mezanine 10,16 m2, precio de avalúo Sus 8.301,74 2. Muebles y enseres por valor de $us. 25.997,51 2. Edificio Alborada, situado en la calle Juan de la Riva Piso 10 (9 oficinas), 461,50 m2, de propiedad del Fondo Complementario de la Banca Estatal, cuyo valor de avalúo alcanza al monto de $Us. 166.240.- <small> ARTICULO 4°.-</small></strong></label> </p> <p style="text-align:justify"><label><strong>Para compensar al Fondo Complementario Médico, en liquidación, el Ministerio de Hacienda, registrará en la Cuenta Corriente Bancaria que el Tesoro General de la Nación tiene destinada al cumplimiento de las obligaciones que le asigna la Ley 1732, de 29 de noviembre de 1996, el monto de $us. 498,972.- según normas contables de administración presupuestaria. El Ministerio de Hacienda, efectuará igual registro, en la misma Cuenta Bancaria del Tesoro General de la Nación, del valor de $us.166.240.- por la transferida de los inmuebles del Edificio Alborada, de propiedad del Fondo Complementario de la Banca Estatal, en Liquidación. <small> ARTICULO 5°.-</small></strong></label> </p> <p style="text-align:justify"><label><strong>Los Ministros de Educación, Cultura y Deportes, Comercio Exterior e Inversión y Hacienda, quedan encargados del cumplimiento de la presente Ley. Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales. Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional a los diecinueve días del mes de diciembre de dos mil un años. Fdo. Enrique Toro Tejada, Luis Ángel Vásquez Villamor, Wilson Lora Espada, Félix Alancen Gonzáles, Fernando Rodríguez Calvo, Juan Huanca Colque. Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República. Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinte días del mes de diciembre de dos mil un años. FDO. JORGE QUIROGA RAMIREZ, José Luis Lupo Flores, Jacques Trigo Loubiere, Amalia Anaya Jaldín, Claudio Mansilla Peña.</strong></label> </p>