Ley 2303 2001-2002

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<table> <tr> <td> <h1 class="c1"><label>SE APRUEBA Y RATIFICA EL CONVENIO DE FINANCIACION ENTRE LA COMUNIDAD EUROPEA Y LA COMISION TRINACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LA CUENCA DEL RIO PILCOMAYO Y SUS ANEXOS.</label> </h1> <label><small>LEY Nº 2303 <strong>LEY DE 20 DE DICIEMBRE DE 2001</strong></small> <strong><small>JORGE QUIROGA RAMIREZ <strong>PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA</strong></small></strong></label> <p style="text-align:justify"><label><strong>Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley: <small>EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL, <strong>DECRETA:</strong> <small>ARTICULO UNICO.-</small></small></strong></label> </p> <p style="text-align:justify"><label><strong>En ejercicio de la atribución conferida en el Artículo 59º, numeral 12), de la Constitución Política del Estado, se aprueba y ratifica el Convenio de Financiación entre la Comunidad Europea y la Comisión Trinacional para el Desarrollo de la Cuenca del Río Pilcomayo (ASR/B7 - 3100/99/136)", suscrito en Asunción del Paraguay, el 18 de diciembre de 2000, con sus anexos 1 (Condiciones Generales) y 2 (Disposiciones Técnicas y Administrativa de Ejecución) y el Addendum No. 1 al Convenio de Financiación (ASR/B7 -3100/99/136). Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales. Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los dieciocho días del mes de diciembre de dos mil un años. Fdo. Enrique Toro Tejada, Luís Angel Vásquez Villamor, Wilson Lora Espada, Félix Alanoca González, Fernando Rodríguez Calvo, Juan Huanca Colque. Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República. Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinte días del mes de diciembre de dos mil un años. FDO. JORGE QUIROGA RAMIREZ, Gustavo Fernández Saavedra, José Luis Lupo Flores, Jacques Trigo Loubiere, Ramiro Cavero Uriona.</strong></label> </p> </td> </tr> </table>