Ley 2286 2001-2002

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<h1 class="c1"><label>SE APRUEBA LA ADHESION AL CONVENIO PARA LA REPRESION DE ACTOS ILICITOS CONTRA LA SEGURIDAD DE LA NAVEGACION MARITIMA.</label> </h1> <p style="text-align:justify"><label><small>LEY Nº 2286 <strong>LEY DE 5 DE DICIEMBRE DE 2001 ENRIQUE TORO TEJADA PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA </strong></small></label> </p> <p style="text-align:justify"><label><strong>Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley: <small>EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL, <strong>DECRETA: <small>ARTICULO UNICO.-</small></strong></small></strong></label> </p> <p style="text-align:justify"><label><strong>De conformidad con la atribución conferida por el Artículo 59º, numeral 12), de la Constitución Política del Estado, se aprueba la adhesión de Bolivia al "Convenio para la Represión de Actos Ilícitos Contra la Seguridad de la Navegación Marítima", adoptado en Roma el 10 de marzo de 1988. Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales. Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los cuatro días del mes de diciembre de dos mil un años. Fdo. H. Mario Paz Zamora, Angel Hugo Valdivieso Segovia, Wilson Lora Espada, Félix Alanoca Gonzáles, Fernando Rodríguez Calvo, Juan Huanca Colque. Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República. Palacio de Gobierno de Ja ciudad de La Paz, a los cinco días del mes de diciembre de dos mil un años. FDO. ENRIQUE TORO TEJADA PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA, Fernando Rojas Alaiza MINISTRO INTERINO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, José Luis Lupo Flores, Leopoldo Fernández Ferreira, Oscar Guilarte Luján, Mario Serrate Ruiz.</strong></label> </p>