Ley 2278 2001-2002 Descarga el documento AUTORIZASE LA TRANSFERENCIA A TITULO GRATUITO DE LA "CASA DE HUESPEDES" AL SERVICIO NACIONAL DE CAMINOS EN FAVOR DE LA PREFECTURA DEL DEPARTAMENTO DE PANDO LEY Nª 2278 LEY DE 27 DE NOVIEMBRE DE 2001 EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL, DECRETA: ARTICULO UNICO.-  De conformidad con la atribución conferida por el ArtÃculo 59° numeral 7, de la Constitución PolÃtica del Estado, autorizase al Servicio Nacional de Caminos, la transferencia atÃtiulo gratuito de la "Casa de Huéspedes" de la ciudad de Cobija, ubicada en la Avenida 9 de febrero s/n de dicha ciudad, con una extensión de 808 metros cuadrados de terreno y un área construida de 199,50 metros cuadrados, cuyos lÃmites son: Al Norte con la Prefectura de Pando, con 37,70 metros; al Este con la Avenida 9 de Febrero, con 21,15 metros; al Sud, con la Prefectura de Pando SEPCAM, con 37,70 metros; al Oeste, con la Prefectura SEPCAM, con 21,75 metros, en favor de la Prefectura del Departamento de Pando, con destino al funcionamiento de las Oficinas y Sala de Sesiones del Consejo Departamental. Remitase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales. Es dada en la Sala de Sesiones del H. Congreso Nacional, a los veintidós dÃas del mes de noviembre de dos mil un años. Fdo. H. Enrique Toro Tejada PRESIDENTE DEL HONORABLE SENADO NACIONAL, Luis Vásquez Villamor, Wilson Lora Espada, Félix Alanoca Gonzáles, Fernando Rodriguez Calvo, Juan Huanca Colque. Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República. Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintisiete dÃas del mes de noviembre de dos mil un años.  Fdo. JORGE QUIROGA RAMIREZ PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República