En cumplimiento del Artículo 59, numeral 7, de la Constitución Política del Estado, autorízase al Gobierno Municipal de Sucre, la transferencia, a título oneroso, de acuerdo a valor
catastral, de un terreno de 814,98 Mts2 de superficie, ubicado entre las calles Avenida del Maestro y Pilico, con código catastral D17. M-23, inscrito en el Registro de Derechos Reales, el 29 de
diciembre de 1986, a favor de la Asociación de Fútbol Sucre.
ARTICULO TERCERO.-
Autorizase al Gobierno Municipal de la ciudad de Sucre, recibir en compensación, 5.605 Mts2, de los siguientes terrenos de la Asociación de Fútbol Sucre. Por una parte, con un terreno de
4.162 Mts2, ubicado en el Kilómetro Cinco (Zona de Mesa Verde), adquirido por transferencia del Gobierno Municipal, de 19 de diciembre de 1989, y registrado en el Registro de Derechos Reales de
Chuquisaca, a fs. 831, N831 del Libro 2 de Propiedades, correspondiente a la Capital, por otra parte, con el inmueble de 721,50 Mts2, adquirido de Luis Verde lote cinco y seis, registrado en
Registros Reales a fs. 58 del Libro Segundo de Propiedades el 30 de enero de 1990 y finalmente con el terreno de 721,50 Mts2, de superficie, ubicado en la zona de Mesa Verde Alto, lotes 7 y 8
adquiridos de los señores Mario Vaca Videz y Haydee Zelaya de Vaca, inscrito en el Libro de Registro de Derechos Reales a fs. 53 del Libro Uno de propiedades de la Capital.
ARTICULO CUARTO.-
Los 5.605 Mts2, de superficie de terreno, deberán ser utilizados como campo deportivo de propiedad del Gobierno Municipal de Sucre.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veintiséis días del mes de julio de dos mil un años.
Fdo. Leopoldo Fernández Ferreira, Jaalil R. Melgar Mustafá, Alvaro Vera Corvera, J. Roberto Caballero Oropeza, Jorge Sensano Zárate, Franz Rivero Valda.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta y un días del mes de julio de dos mil un años.
FDO. JORGE QUIROGA RAMIREZ,
PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA, Marcelo Pérez Monasterios, José Luis Lupo Flores, Tito Hoz de Vila Quiroga.