Ley 223 1960-1964 Descarga el documento AUTORIZA A LA ALCALDÍA MUNICIPAL DE CAPINOTA LA VENTA DE TERRENOS DE SU PROPIEDAD LEY DE 6 DE DICIEMBRE DE 1962 VICTOR PAZ ESTENSSORO PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA Por cuanto el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley: EL CONGRESO NACIONAL, DECRETA: ARTICULO 1ª.- Autorizase a la Alcaldía Municipal de Capinota, departamento de Cochabamba, la venta de los siguiente terrenos de su propiedad: un lote sobre la avenida Busch contiguo al hospital; un lote de terreno tras la zona Calipedra; un corralón y sitios frente a los molinos; dos garages y sitios ubicados en la calle de los Molinos y un callejón denominado Ingavi. ARTICULO 2ª.- Los fondos provenientes de las ventas que indica el artículo primero, se destinarán a la construcción de un Cine Teatro Municipal. Comuníquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales. Sala de sesiones del H. Congreso Nacional. La Paz, 12 de noviembre de 1962. Fdo. Federico Fortún Sanjines , Presidente del H. Senado Nacional; Jorge Flores Arias, Presidente de la Cámara de Diputados; Ciro Humbold, Senador Secretario; Eduardo Ochoa, Senador Secretario; Stanley Gamberos, Diputado Secretario; Hugo Suárez, Diputado Secretario. Por tanto la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República. Palacio de Gobierno en la ciudad de La Paz, a los seis días del mes de diciembre de mil novecientos sesenta y dos años