Límite urbano de la ciudad de El Alto de La Paz (Río Seco), Batallas, Huarina, Tiquina, Copacabana, Khasani (Frontera con Perú)
Ruta fundamental N 2.-
Límite urbano de la ciudad de La Paz (Chuquiaguillo), Cotapata, Santa Bárbara, Caranavi, Bella Vista, Quiquibey (Puente Frontera Departamento del Beni), Yucumo, Rurrenabaque, Reyes, Santa
Rosa, Riberalta, Guayaramerín (Frontera con Brasil).
Ruta Fundamental N 3.-
Patacamaya, Puente Japonés, Hito XVIII Tambo Quemádo (Frontera con Chile).
Ixiamas, Tumupasa, San Buenaventura (límite departamental con Beni).
ARTICULO SEGUNDO.- Las Carreteras de la Red Fundamental detalladas en el artículo anterior que a su vez forman parte de la Troncal de Integración Nacional Norte - Sud
Cobija - Tarija, establecida por la Ley 1972 de 24 de octubre de 1997 cumplirán los fines de vincular y conectar estable, fluida y permanentemente a la ciudad de La Paz con : a) Las capitales
políticas de los departamentos de Pando (Cobija) y del Beni (Trinidad), b) Las ciudades de Riberalta y Guayaramerín del Beni, y c) Las ciudades limítrofes del Brasil dentro del Corredor
Interoceánico Norte.
ARTICULO TERCERO.- Se autoriza al Poder Ejecutivo realizar las acciones y trámites que correspondan para concretar los financiamientos, públicos o privados, que se
requieran para concluir estudios de factibilidad, a diseño final, de impacto ambiental y la ejecución de estas Carreteras de la Red Fundamental.
ARTICULO CUARTO.- Se encomienda a las Prefecturas de los Departamentos de La Paz, Beni y Pando, todas las tareas de coordinación que quepan para la ejecución y
cumplimiento de la presente Ley.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los siete días del mes de junio de dos mil un años.
Fdo. Leopoldo Fernández Ferreira, Jaalil R. Melgar Mustafá, Alvaro Vera Corvera, Carlos García Suáres, Jorge Sensano Zárate, Franz Rivero Valda.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los once días del mes de junio de dos mil un años.
FDO. HUGO BANZER SUAREZ, , Marcelo Pérez Monasterios, Eduardo Antelo Callisperis MINISTRO INTERINO DE HACIENDA Carlos Saavedra Bruno.