Ley 22 1960-1964 Descarga el documento LEY DE 4 DE NOVIEMBRE DE 1960 VICTOR PAZ ESTENSSORO PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: El Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley: EL CONGRESO NACIONAL, DECRETA: ARTICULO 1ª.- Destinase el tres por ciento (3%) de los fondos a que se refiere la ley de 22 de septiembre de 1938, para la rehabilitación del camino Puerto Yapacani- Puerto Grether en una extensión de sesenta kilómetros. ARTICULO 2ª.- Dichos fondos serán manejados por un Comité Mixto formado por cuatro miembros elegidos por las Prefecturas de Santa Cruz y el Beni. Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines Constitucionales. Sala de sesiones del H. Congreso Nacional. La Paz, 24 de octubre de 1960. Fdo. Mario Torres C, Presidente del H. Senado Nacional; Ernesto Ayala Mercado, Presidente de la Cámara de Diputados; Fernando Ayala Requena, Senador Secretario; Alberto Lavadenz, Senador Secretario; Guillermo Muñoz de la Barra, Diputado Secretario; Armando Mollinedo, Diputado Secretario. POR TANTO: La promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República. Palacio de Gobierno en la ciudad de La Paz, a los cuatro días del mes de noviembre de mil novecientos sesenta años.