Declárase, parte de la Red Fundamental del Sistema Nacional de Caminos de Bolivia, la Ruta "107" (camino carretero Viacha - Charaña), ubicado en el Departamento de La Paz, por constituir
en un corredor de Exportación de la Ruta Bioceanica en beneficio del Desarrollo Nacional.
ARTICULO SEGUNDO.- Declárase de prioridad Nacional, la conclusión del asfaltado de la Ruta "107" de acuerdo a normas internacionales, como estrategia del
crecimiento de la actividad económica.
ARTICULO TERCERO.- Encomiéndase, al Servicio Nacional de Caminos y la Prefectura del Departamento de La Paz, la inmediata conclusión de las obras de ingeniería de este
camino carretero.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los ocho días del mes de mayo de dos mil un años.
Fdo. Leopoldo Fernández Ferreira, Jaalil R. Melgar Mustafá, Alvaro Vera Corvera, J. Roberto Caballero Oropeza, Jorge Sensano Zárate, Moisés Torres Ramírez.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los quince días del mes de mayo de dos mil un años.
FDO. HUGO BANZER SUAREZ, Marcelo Pérez Monasterios, José Luis Lupo Flores, Carlos Saavedra Bruno.