Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los dieciocho días del mes de abril de dos mil un años.
Fdo. Leopoldo Fernández Ferreira, Jaalil R. Melgar Mustafá, Carlos García Suárez, Alvaro Vera Corvera, Jorge Sensano Zárate, Franz Rivero Valda.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta días del mes de abril de dos mil un años.
FDO., HUGO BANZER SUAREZ,
Javier Murillo de la Rocha, Marcelo Pérez Monasterios, José Luis Lupo Flores.