Barrio La Playa, Manzanas: 1,2,3,4,,5 y 6, a favor de los ex trabajadores de ENFE.
Terrenos e inmuebles ubicados en las Avenidas, Las Delicias y San Martín, Casillas de ENFE Resicual, ubicadas en la Av. San Martín, a favor de los asentados, preferentemente para viudas
y ex trabajadores de ENFE Red Oriental.
ARTICULO 2.-
El pago total del precio de adjudicación establecidos por ENFE, dará lugar a la regulación del Derecho Propietario, a favor de los adjudicatarios de la feria Magariños.
ARTICULO 3.-
El valor de los terrenos e inmuebles correspondientes, a las manzanas; 1,2,3,4,5 y 6 del Barrio La Playa; y los terrenos e inmuebles de asentamientos irregulares en las avenidas Las
Delicias y San Martín, Casillas de ENFE Residual, ubicadas en la Av. San Martín, se fijan de acuerdo al precio mínimo del Valor Catastral.
ARTICULO 4.-
Los recursos obtenidos por estas operaciones serán depositados en una Cuenta Especial del Tesoro General de la Nación, los mismos que serán destinados a cubrir obligaciones de la Empresa
Nacional de Ferrocarriles Residual.
ARTICULO 5.-
Se autoriza a la Empresa Nacional de Ferrocarriles Residual, la transferencia, a título gratuito, de los siguientes inmuebles en la ciudad de Yacuiba.
Complejo Deportivo Ferroviario, a favor de la Honorable Alcaldía de Yacuiba.
Terrenos de la ex sede de los trabajadores, colindante al Complejo Ferroviario, ubicado en la Av. Las Delicias, a favor de la Honorable Alcaldía Municipal de Yacuiba, destinados para
áreas de recreación de la población.
Terreno ubicado en la Av. San Martín, colindante a la Estación con una superficie total de 900 m2, a favor de la Policía Nacional, para oficinas de la Policía Técnica
Judicial.
Terreno ubicado al Este del Barrio La Playa, a favor de la Honorable Alcaldía Municipal de Yacuiba, destinado para el complejo deportivo y áreas de recreación.
Remitase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sla de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los cinco días del mes de abril de dos mil un años.
Fdo. Leopoldo Fenández Ferreira, Jaalil R. Melgar Mustafá, Carlos García Suárez, J. Roberto Caballero Oropeza, Moises Torres Ramírez, Jorge Sensano Zárate.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diez días del mes de abril de dos mil un años.
FDO. HUGO BANZER SUAREZ.
Marcelo Pérez Monasterios, Guillermo Fortún Suárez, José Luis Lupo Flores, Carlos Saavedra Bruno, Tito Hoz de Vila Quiroga,