Ley 2181 1997-2001
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Remítase al Poder Ejecutivo, para los fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los siete días del mes de marzo de dos mil un años.
Fdo. Leopoldo Fernández Ferreira, Jaalil. R. Melgar Mustafá, J. Roberto Caballero Oropeza, Franz Rivero Valda, Magín Roque Humérez
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los quince días del mes de marzo de dos mil un años.
FDO. HUGO BANZER SUAREZ,
Marcelo Pérez Monasterios, Oscar Vargas Lorenzetti, Jose Luis Lupo Flores.