Ley 216 1960-1964 Descarga el documento DECLARA DE NECESIDAD Y UTILIDAD PUBLICA, LAS EXPROPIACIONES DE LOS TERRENOS ADYACENTES AL COLISEO DEPORTIVO DE SANTA CRUZ, PERTENECIENTES A LOS SEÑORES JOSE MERCADO CAMPODONICO Y RENE PEREDO, LOS MISMOS QUE SERVIRAN PARA LAS AMPLIACIONES DE DICHO COLISEO. LEY DE 28 DE NOVIEMBRE DE 1962 VICTOR PAZ ESTENSSORO PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA Por cuanto el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley: EL CONGRESO NACIONAL, DECRETA: ARTICULO 1ª.- Declárese de necesidad y utilidad públicas las expropiaciones de los terrenos adyacentes al Coliseo Deportivo de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, pertenecientes a los señores José Mercado Campodónico y René Peredo con una extensión de 700 y 790 metros cuadrados respectivamente, los mismos que servirán para las ampliaciones necesarias en dicho Coliseo. ARTICULO 2ª.- La Prefectura del Departamento de Santa Cruz hará los trámites de expropiación de conformidad a la Ley de 30 de diciembre de 1884. El pago de dichos terrenos serán cancelados por el Comité de Construcciones Deportivas del departamento de Santa Cruz, con fondos provenientes de la Papeleta Valorada. ComunÃquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales. Sala de sesiones del H. Congreso Nacional. La Paz, 15 de noviembre de 1962. Fdo.  Federico Fortún S., Presidente del H. Senado Nacional; Jorge Flores Arias,  Presidente de la Cámara de Diputados; Ciro Humbold, Senador Secretario; Eduardo Ochoa, Senador Secretario; Stanley Gamberos, Diputado Secretario; Hugo Suárez, Diputado Secretario. Por tanto la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República. Palacio de Gobierno en la ciudad de La Paz, a los veintiocho dÃas del mes de noviembre de mil novecientos sesenta y dos años.