Ley 215 1960-1964 Descarga el documento AUTORIZA A LA H. ALCALDÍA MUNICIPAL DE TARIJA LA VENTA DE CUATRO MUEBLES DE SU PROPIEDAD LEY DE 28 DE NOVIEMBRE DE 1962 VICTOR PAZ ESTENSSORO PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA Por cuanto el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley: EL CONGRESO NACIONAL, DECRETA: ARTICULO 1ª.- Autorizase a la H. Alcaldía Municipal de Tarija, la venta de cuatro inmuebles (tipo chalets) de su propiedad , situados sobre la avenida ?Domingo Paz?, de la ciudad de Tarija. ARTICULO 2ª.- La transferencia se realizará siguiendo los procedimientos de subasta y remate y con intervención de la Contraloría Departamental, previa tasación pericial correspondiente. ARTICULO 3ª.- Los recursos provenientes de la venta de los inmuebles citados se destinarán a la ejecución de obras públicas urbanas, por órgano de la H. Municipalidad de Tarija. Comuníquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales. Sala de sesiones del H. Congreso Nacional. La Paz, 15 de noviembre de 1962. Fdo. Federico Fortún S., Presidente del H. Senado Nacional; Jorge Flores Arias, Presidente de la Cámara de Diputados; Ciro Humbold, Senador Secretario; Eduardo Ochoa, Senador Secretario; Stanley Gamberos, Diputado Secretario; Hugo Suárez, Diputado Secretario. Por tanto la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República. Palacio de Gobierno en la ciudad de La Paz, a los veintiocho días del mes de noviembre de mil novecientos sesenta y dos años.