Ley 213 1960-1964 Descarga el documento CONSTRUYE EN LA CIUDAD DE SUCRE, EL ESTADIO DEPARTAMENTAL DE DEPORTES ?PATRIA? LEY DE 28 DE NOVIEMBRE DE 1962 VICTOR PAZ ESTENSSORO PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA Por cuanto el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley: EL CONGRESO NACIONAL, DECRETA: ARTICULO 1ª.- De conformidad con la Ley de 17 de noviembre de 1950, se construirá en la ciudad de Sucre, capital de la República el Estadio Departamental de Deportes ?Patria? en los terrenos adquiridos para dicho fin en la propiedad denominada ?Las Delicias?. ARTICULO 2ª.- Se destina a la construcción de este Estadio la recaudación integra de la venta de la ?Papeleta Valorada Pro Deporte?, efectuada en el Departamento de Chuquisaca. ARTICULO 3ª.- Se autoriza al Comité Pro Estadio ?Patria? a colocar empréstitos en Bancos del paÃs hasta la suma de Quinientos Millones de Bolivianos (500.000.000.-) con la garantÃa de los recursos asignados para esta obra. ComunÃquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales. Sala de sesiones del H. Congreso Nacional. La Paz, 15 de noviembre de 1962. Fdo.  Federico Fortún S., Presidente del H. Senado Nacional; Jorge Flores Arias,  Presidente de la Cámara de Diputados; Ciro Humbold, Senador Secretario; Eduardo Ochoa, Senador Secretario; Stanley Gamberos, Diputado Secretario; Hugo Suárez, Diputado Secretario. Por tanto la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República. Palacio de Gobierno en la ciudad de La Paz, a los veintiocho dÃas del mes de noviembre de mil novecientos sesenta y dos años.