Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los quince días del mes de junio de dos mil años.
Fdo. Leopoldo Fernández Ferreira, Hugo Carvajal Donoso, Carlos García Suárez, Roberto Caballero Oropeza, Jorge Sensano Zárate, Verónica Palenque Yanguas,
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintinueve días del mes de junio de dos mil años.
FDO. JORGE QUIROGA RAMIREZ,
Javier Murillo de la Rocha, Walter Guiteras Denis, Ronald MacLean Abaroa, Oswaldo Antezana Vaca Diez.