Ley 2086 1997-2001
HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley.
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
ARTICULO PRIMERO.- Se autoriza a Yacimientos Petroliferos Fiscales Bolivianos (Y.P.F.B.) la transferencia, a tItulo oneroso, de los inmuebles ubicados en la Avenida Mariscal Santa Cruz y Quebrada Cauqueguaz del Campamento Central de YPFB de la ciudad de Camiri, con una superficie de terreno de 16.175,50 metros cuadrados y una superficie constituida de 2.265,28 metros cuadrados, a favor del Vicario Apostolico de Cuevo, dependiente de la Iglesia Catolica, con destino al funcionamiento de la Universidad Salesiana de Bolivia.
ARTICULO SEGUNDO.- El precio de dicha transferencia a ser determinado por acuerdo de partes.
Pase al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los trece das del mes de abril de dos mil aos.
Fdo. Leopoldo Fernandez Ferreira, Hugo Carvajal Donoso, Gonzalo Molina Ossio, Carlos Garcia Suarez, Jorge Sensano Zarate, Veronica Palenque Yanguas.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la Republica.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiseis das del mes de abril de dos mil años.
FDO. HUGO BANZER SUAREZ, Walter Guiteras Denis, Jos Luis Lupo Flores, Tito Hoz de Vila Quiroga.