ARTICULO TERCERO.- Los recursos provenientes, tanto de acuerdo transaccional como de la privatización de la factoría, serán utilizados como contraparte de proyectos de
apoyo a la producción, localizados en la Primera Sección de la Provincia Mendez del departamento de Tarija.
Pase al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veinte días del mes de marzo de dos mil años.
Fdo. Leopoldo Fernández Ferreira, Hugo Carvajal Donoso, Gonzalo Molina Ossio, Roberto Caballero Oropeza, Franz Rivero Valda, Félix Sánchez Veizaga.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintisiete días del mes de marzo de dos mil años.
FDO. HUGO BANZER SUAREZ, Franz Ondarza Linares, José Luis Lupo Flores, Carlos Saavedra Bruno.