Ley 2056 1997-2001
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Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los diecisiete días del mes de febrero de dos mil años.
Fdo. Freddy Teodovich Ortiz, Hugo Carvajal Donoso, Gonzalo Molina Ossio, Carlos García Suárez, Jorge Sensano Zárate, Félix Sánchez Veizaga.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintitrés días del mes de febrero de dos mil años.
FDO. HUGO BANZER SUARES, Javier Murillo de la Rocha, Franz Ondarza Linares, Herbert Müller Costas, Oswaldo Antezana Vaca Diez.