Ley 20 1960-1964 Descarga el documento IMPUESTO SOBRE SAL.- PROVINCIA PACAJES LEY DE 28 DE OCTUBRE DE 1960 VICTOR PAZ ESTENSSORO PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: El Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley: EL CONGRESO NACIONAL, DECRETA: ARTICULO 1ª.- Créase el impuesto de ciento cincuenta bolivianos (Bs. 150) sobre cada pan de sal común que se explote en la primera sección de la provincia Pacajes del departamento de La Paz, y ciento cincuenta bolivianos (Bs. 150.-) sobre cada quintal de sal granulada del mismo origen. ARTICULO 2ª.- Los fondos mencionados serán destinados exclusivamente a las obras municipales de la capital de la provincia Pacajes (Corocoro) y serán administrados por la AlcaldÃa Municipal. ComunÃquese al Poder Ejecutivo para los fines Constitucionales. Sala de sesiones del H. Congreso Nacional. La Paz, 21 de octubre de 1960. Fdo. Rubén Julio, Presidente del H. Senado Nacional; Ernesto Ayala Mercado, Presidente de la Cámara de Diputados; Fernando Ayala Requena, Senador Secretario; Alberto Lavadenz, Senador Secretario; Guillermo Muñoz de la Barra, Diputado Secretario; Armando Mollinedo, Diputado Secretario. POR TANTO: La promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República. Palacio de Gobierno en la ciudad de La Paz, a los veintiocho  dÃas del mes de octubre de mil novecientos sesenta años.