Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA
ARTICULO UNICO.- De conformidad al Artículo 59, Atribución12ª de la Constitución Política del Estado, se aprueba y ratifica el Acuerdo entre la
República Argentina y la República de Bolivia sobre Controles Integrados de Frontera, suscrito en la ciudad de Buenos Aires, el 16 de febrero de 1998.
Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los diecisiete días del mes de junio de mil novecientos noventa y ocho años.