Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
ARTICULO UNICO.- De conformidad con el ArtÃculo 59, Atribuci6n 5a. de la Constitución PolÃtica del Estado, apruebase el Prograrna de cooperación
Financiera Hispano - Boliviano entre los Gobiernos de España y de Bolivia, suscrito el 16 de marzo de 1998, por un monto de hasta 10.450 MILLONES DE PESETAS, de los cuales 7.000 MILLONES DE PESETAS
estarán constituÃdos por recursos procedentes del Fondo de Ayuda al Desarrollo (FAD) y 3.000 MILLONES DE PESETAS provenientes de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico
(OCDE); destinados a financiar bienes y servicios de orÃgen español para proyectos de desarrollo. Los recursos restantes, hasta un máximo de 450 MILLONES DE PESETAS estarán constituidos por
donaciones con cargo a la LÃnea de Financiación de Estudios de Viabilidad.
Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los diecisiete dÃas del mes de junio de mil novecientos noventa y ocho años.