Ley 1847 1997-2001
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HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO -NACIONAL,
DECRETA:
ARTICULO UNICO.- De conformidad con el ArtÃculo 59, atribución 5a., de la Constitución PolÃtica del Estado, apruébase el Convenio de Préstamo suscrito entre el
Ministerio de Hacienda actuando en nombre y por cuenta del Gobierno de la República de Bolivia y el NATEXIS BANQUE actuando en nombre y por cuenta del Gobierno de la República de Francia por un,
monto máximo de sesenta millones de, FRANCOS FRANCESES (FF. 60.000.000), destinados a financiar la compra en Francia de bienes y servicios franceses relativos a los proyectos "Tratarniento de Aguas
Negras de Cochabamba", y "Semaforización para la ciudad de Santa Cruz".
Pase al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los treinta dÃas del mes de marzo de mil novecientos noventa y ocho años.
Fdo. Wálter Guiteras Denis, Hormando Vaca Diez Vaca Diez, Gonzalo Molina Ossio, Edgar Lazo Loayza, Guido Roca Villavicencio, Jhonny Plata Chalar.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los siete dÃas del mes de abril de mil novecientos noventa y ocho años.
FDO. HUGO BANZER SUAREZ, Javier Murillo de la Rocha, Carlos Iturralde Ballivián, Edgar Millares Ardaya, lvo Kuljis Futchner,  Â