Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
ARTICULO UNICO.- De conformidad al Artículo 59, Atribución l2a. de la Constitución Política del Estado, se aprueba y ratifica el Acuerdo entre la República de
Bolivia y la República Argentina para el Fortalecimiento en Materia de Defensa y Seguridad Internacionales, suscrito en la ciudad de La Paz, el 19 de noviembre de 1996.
Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veintisiete días del mes de marzo de mil novecientos noventa y ocho años.