ARTICULO UNICO.- De conformidad al artÃculo 59, atribución 12º de la Constitución PolÃtica del. Estado, se aprueba y ratifica el Acuerdo de Sede entre
el Gobierno de Bolivia y la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, relativo a la Oficina de la UNESCO en Bolivia, suscrito en la ciudad de La Paz, el 23 de
noviembre de 1994.
Pase al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los cuatro dÃas del mes de febrero de mil novecientos noventa y ocho años.