Por cuanto el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley: Â Â
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
ARTICULO UNICO.- De conformidad al artÃculo 59, atribución 5a. de la Constitución PolÃtica del Estado, se aprueba y ratifica el Protocolo Financiero
entre el Gobierno de la República Francesa y el Gobierno de la República de Bolivia, suscrito el 15 de marzo de 1997.
Pase al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los once dÃas del mes de diciembre de mil novecientos noventa y siete años.