Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DE C R E T A:
ARTICULO UNICO.- De conforiidad al ArtÃculo 59, Atribución 12a. de la Constitución PolÃtica del Estado, se aprueba y ratifica el Acuerdo entre la
República de Bolivia y la República Argentina para la Cooperación entre la PolicÃa Nacional de Bolivia y la GendarmerÃa Nacional Argentina, suscrito en la ciudad de La Paz, a los 19 dÃas del
mes de noviembre de 1996.
Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los ocho dÃas del mes de diciembre de mil novecientos noventa y siete años.