Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
ARTICULO UNICO.-
De conformidad a lo dispuesto por el Artículo 59, inciso 7) de la Constitución Política del Estado, se autoriza la enajenacion de la Aeronave DC-854 F, matrícula CP-2217, a título
oneroso, por la modalidad de remate por concurso de propuestas, aplicando las Normas Básicas del Sistemna de Administración de Bienes y Servicios, contenidas en la Resolucón Suprema Nº
216145 de 3 de agosto de 1995.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los diez y siete días del mes de septiembre de mil novecientos noventa y siete años.