Ley 176 1960-1964
LEY DE 13 DE ENERO DE 1962
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
Por cuanto el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
ARTICULO UNICO.- Se autoriza la transferencia de diez hectáreas de terrenos urbanos, ubicados en la zona de Sarco de la ciudad de Cochabamba, de propiedad de los hermanos Gutiérrez, a favor de la Federación de Maestros de esa ciudad.
El valor de los terrenos será el determinado por la ley de Reforma Urbana, exceptuándose , para este caso, el cumplimiento de las otras formalidades contenidas en esa disposición.
Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.
Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.
La Paz, 21 de diciembre de 1961.
Fdo. Federico Fortún S., Presidente del H. Senado Nacional; Edil Sandoval Morón, Presidente de la Cámara de Diputados; Carmelo Cuellar, Senador Secretario; Ciro Humboldt, Senador Secretario; Jorge Canedo., Diputado Secretario; Alfredo Aguirre, Diputado Secretario.
Por tanto la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno en la ciudad de La Paz, a los trece días del mes de enero de mil novecientos sesenta y dos años.