Autorízase EL Presupuesto de Recursos Adicionales por Bs. 4.492.451.643.- a lo establecido mediante Ley Nº 1686 de Aprobación del Presupuesto General de la Nación Gestión 1996, de
conformidad al anexo Nº 1.
ARTICULO 2º.-
Autorizase la reprogramación de la Estructura de Ingresos por Renta Interna, excepto IVA, IT, IHD y Valores de YPFB, que incrementa los ingresos en Bs. 386.431.390.- de conformidad al
Anexo Nº 4.-
ARTICULO 3º.-
Autorizase el Presupuesto Adicional por Bs. 4.492.451.643.-, destinado a cubrir los requerimientos de Gastos de las Instituciones del Sector Público, de conformidad al Anexo Nº 2.
ARTICULO 4.-
Autorizase el Traspaso Intrainstitucional por Bs. 32.276.466.-, a favor de las instituciones Públicas destinadas a incrementar el Grupo 10000 "Servicios Personales", de conformidad al
Anexo Nº 3.-
ARTICULO 5º.-
Apruebase el Presupuesto Formulado de Recursos y Gastos de las Prefecturas Departamentales y sus entidades dependientes, debidamente aprobado por las instancias legales departamentales, de
conformidad al Anexo Nº 5.-
ARTICULO 6º.-
El Poder Ejecutivo Aprobará dentro de la estructura y las cifras contenidas en la presente Ley, el detalle y las especificaciones que sean necesarias de acuerdo a disposiciones de
administración financiera.
ARTICULO 7º.-
Las normas de aplicación general contenidas en la Ley Nº 1686 de 14 de marzo de 1996, se mantienen invariables.
Pase al Poder ejecutivo para fines constitucionales
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los diecinueve días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y seis años.
Fdo.- H. Raúl Lema Patiño.- PRESIDENTE H. SENADO NACIONAL.- H. Georg Prestel Kern.- PRESIDENTE H. CAMARA DE DIPUTADOS.- HH. Walter Zuleta Roncal y Guido Capra Jemio, Senadores
Secretarios.- HH. Hugo Baptista Orgaz e Imel Copa Velásquez, Diputados Secretarios.-
Por Tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinte días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y seis años.
Fdo. GONZALO SÁNCHEZ DE LOZADA.- Fernando Candia Castillo.- Ministro de Hacienda.-