Ley 1701 1993-1997 Descarga el documento LEY N° 1701 LEY DE 17 DE JULIO DE 1996 GONZALO SANCHEZ DE LOZADA PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA MERCOSUR. Derógase la Ley 1598 de 12 de agosto de 1994, sustituyendo el Acuerdo Bilateral con el Paraguay por el Acuerdo Multilateral de Alcance de Complementación Económica con los Gobiernos de los Estados parte del MERCOSUR, firmado el 7 de diciembre de 1995. Por cuanto el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley: EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL DECRETA: ARTICULO UNICO. - De conformidad al artículo 59°, atribución 1ra DE LACONSTITUCIÓN Política del Estado, derógase la Ley N° 1598 de 12 de agosto de 1994, mediante la cual se dispuso la ratificación del Acuerdo Bilateral de Complementación Económica, suscrito con la República del Paraguay el 15 de marzo de 1994, el mismo que ha sido sustituido por el acuerdo Multilateral de Alcance de Complementación Económica con los Gobiernos de las Repúblicas de Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay, estados partes del MERCOSUR, firmado el 7 de diciembre de 1995. Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales. Es dada en Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los once días del mes de julio de mil novecientos noventa y seis años. H. JUAN CARLOS DURÁN SAUCEDO, Presidente del H. Senado Nacional.- H. Guillermo Bedregal Gutiérrez, Presidente de la H. Cámara de Diputados.- H. Walter Zuleta Roncal, Senador Secretario.- H. Horacio Torres Guzmán, Senador Secretario.- H. Luis Sanabria Taboada, Diputado Secretario.- H. Alfredo Romero, Diputado Secretario. Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República. Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diecisiete días del mes de julio de mil novecientos noventa y seis años. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Presidente Constitucional de la República .- Dr. Antonio Aranibar Quiroga, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto.- Lic. Jaime Villalobos S., Ministro de Desarrollo Económico .- José Guillermo Justiniano Sandoval, Ministro de la Presidencia de la República