Ley 1692 1993-1997 Descarga el documento LEY N 1692 LEY DE 10 DE JUNIO DE 1996 GONZALO SANCHEZ DE LOZADA PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA CAMARA DE DIPUTADOS. Transferencia, a título oneroso, del inmueble del ex Banco Minero de Bolivia, ubicado entre las calles comercio y Colón de La Paz. Por cuanto el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley: EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL DECRETA: ARTICULO UNICO. - Autorízase a la Superintendencia Nacional de Bancos y Entidades Financieras, al Ministerio de Hacienda y al Tesoro General de La Nación a cargo de los inmuebles del ex Banco Minero de Bolivia en liquidación, la transferencia a título oneroso, a favor del Poder Legislativo, destinado a la Honorable Cámara de Diputados del inmueble ubicado entre las calles Comercio y Colón de la ciudad de La Paz; por tratarse de una transferencia de interés público que atañe al Poder Legislativo, que debe resolver urgentes necesidades de infraestructura y que sea con cargo a la partida presupuestaria No. 412 del Presupuesto Camaral. Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales. Es dada en Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los nueve días del mes de mayo de mil novecientos noventa y seis años. H. GUILLERMO ROSSO MENDIETA, Presidente del H. Senado Nacional.- H. Guillermo Bedregal Gutiérrez, Presidente de la H. Cámara de Diputados.- H. Walter Zuleta Roncal, Senador Secretario.- H. Horacio Torres Guzmán, Senador Secretario.- H. Miguel Antoraz Chalup, Diputado Secretario.- H. Alfredo Romero, Diputado Secretario. Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República. Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diez días del mes de junio de mil novecientos noventa y seis años. VICTOR HUGO CARDENAS CONDE, Presidente Constitucional de la República a.i..- José Guillermo Justiniano Sandoval, Ministro de la Presidencia de la República.- Lic. Jaime Villalobos S., Ministro de Desarrollo Economico.