De conformidad con el Artículo 59, atribución 5ª de la Constitución Política del Estado, apruébase el Convenio de Cooperación Técnica Reembolsable, firmado entre la República de
Bolivia y el Banco Interamericano de Desarrollo, el día 21 de octubre de 1994, en la ciudad de Washington, por la suma de hasta TRES MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL 00/100 DOLARES
AMERICANOS ($us. 3.344.000.--), destinados a financiar el "PROGRAMA DE APOYO A LA GESTION DE POLÍTICA Y ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA", a ser ejecutado por la Secretaría Nacional de Hacienda, por
intermedio de la Subsecretaría de Tributación y la Dirección General de Impuestos Internos.
Pase al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los ocho días del mes de junio de mil novecientos noventa y cinco años.
Fdo. H. Juan Carlos Durán Saucedo, Presidente H. Senado Nacional; H. Javier Campero Paz, Presidente H. Cámara de Diputados, H. Walter Zuleta Roncal, Senador Secretario; H. Freddy Tejerina
Ribera, Senador Secretario; H. Carlos Suárez Mendoza., Diputado Secretario; H. Edith Gutiérrez de Mantilla, Diputada Secretaria.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los ocho días del mes de junio de mil novecientos noventa y cinco años.
FDO. GONZALO SÁNCHEZ DE LOZADA,
Emb. Eduardo Trigo O?Connor d?Arlach, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto a.i.; Dr. Jaime Villalobos, Ministro de Desarrollo Económico; Lic. Gaby Candia de Mercado, Ministra Suplente
de Hacienda; Dr. Jaime Villalobos, Ministro de Desarrollo Económico; José Guillermo Justiniano Sandoval, Ministro de la Presidencia de la República.