Ley 162 1960-1964 Descarga el documento EXPROPIESE EN CAPINOTA EL INMUEBLE PERTENCIENTE A PONCIANO Y ASTERIO RIOJA PARA LA CASA DE GOBIERNO DE AQUELLA POBLACIÓN LEY DE 12 DE ENERO DE 1962 VICTOR PAZ ESTENSSORO PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA Por cuanto el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley: EL CONGRESO NACIONAL, DECRETA: ARTICULO 1ª.- Expropiase en Capinota el inmueble perteneciente a Ponciano y Asterio Rioja, ubicado entre las calles BolÃvar y Aniceto Arce, para la Casa de Gobierno de aquella población. ARTICULO 2ª.- El valor del inmueble será pagado por el Ministerio de Gobierno. ComunÃquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales. Sala de sesiones del H. Congreso Nacional. La Paz, 20 de diciembre de 1961. Fdo.  Federico Fortún S., Presidente del H. Senado Nacional; Edil Sandoval Morón, Presidente de la Cámara de Diputados; Carmelo Cuellar, Senador Secretario; Julio Calvo, Senador Secretario; Jorge Canedo., Diputado Secretario; Alfredo Aguirre, Diputado Secretario. Por tanto la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República. Palacio de Gobierno en la ciudad de La Paz, a los doce dÃas del mes de enero  de mil novecientos sesenta y dos años.