De conformidad con el artículo 59, atribución 5ª de la Constitución Política del Estado, apruébase el Convenio de Crédito, suscrito entre el Banco Central de Bolivia en
representación de la República de Bolivia y el Instituto de Crédito Oficial del Reino de España (ICO), el día 13 de julio de 1994, por la suma de hasta UN MILLON CUATROCIENTOS VEINTICINCO MIL
NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS 00/100 DOLARES AMERICANOS ($us. 1.425.992.oo), destinado a financiar equipamiento de los Hospitales Generales y Maternológicos.
Pase al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veintiún días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y cuatro años.
Fdo. H. Juan Carlos Durán Saucedo, Presidente H. Senado Nacional; H. Javier Campero Paz, Presidente H. Cámara de Diputados, H. Walter Zuleta Roncal, Senador Secretario; H. Freddy Tejerina
Ribera, Senador Secretario; H. Yerko Kukoc del Carpio, Diputado Secretario; H. Michael Meier F., Diputado Secretario.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintitrés días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y cuatro años.
FDO. GONZALO SÁNCHEZ DE LOZADA,
Dr. Carlos Sánchez Berzain, Ministro de la Presidencia de la República; Dr. Antonio Araníbar Quiroga, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto; Lic. Gaby Candia de Mercado, Ministra
Suplente de Hacienda; Dr. Alberto Bailey Gutiérrez, Ministro Suplente de Desarrollo Humano.