Declárase Monumento Nacional y Patrimonio Cultural la Iglesia de Livi ? Livi y la Casa de Hacienda del ex presidente de la República Gregorio Pacheco, ubicadas en Villa Pacheco, ubicadas
en Villa Pacheco, Provincia Sud Chichas, del Departamento de Potosí.
ARTICULO SEGUNDO.-
Encomiéndase al Poder Ejecutivo que a través de los Ministerios de Desarrollo Humano y de Desarrollo Sostenible y Medio ambiente, - CORDEPO ? realicen los trámites para la obtención de
recursos financieros nacionales y/o internacionales destinados a la refacción y restauración de la Iglesia de Villa Pacheco y la Casa de Hacienda del ex ? Presidente Pacheco.
Pase al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veinte días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y cuatro años.
Fdo. H. Juan Carlos Durán Saucedo, Presidente H. Senado Nacional; H. Javier Campero Paz, Presidente H. Cámara de Diputados, H. Walter Zuleta Roncal, Senador Secretario; H. Freddy Tejerina
Ribera, Senador Secretario; H. Yerko Kukoc del Carpio, Diputado Secretario; H. Michael Meier F., Diputado Secretario.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintitrés días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y cuatro años.
FDO. GONZALO SÁNCHEZ DE LOZADA,
Dr. Carlos Sánchez Berzain, Ministro de la Presidencia de la República; Dr. Antonio Araníbar Quiroga, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto; Dr. Alberto Bailey Gutiérrez, Ministro
Suplente de Desarrollo Humano; Carlos Hugo Molina S., Ministro de Desarrollo Sostenible y Medio Ambiente a.i.