Ley 1530 1993-1997 Descarga el documento LEY N 1530 LEY DE 31 DE ENERO DE 1994 GONZALO SANCHEZ DE LOZADA PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA COMPLEJO DE LABORATORIOS DE ALTA Y BAJA INTENSIDAD.- Declárase prioritaria su creación. Por cuanto el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley: EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL DECRETA: ARTICULO UNICO.- Declárase prioridad nacional la creación, instalación y funcionamiento del Complejo de Laboratorios para Alta y Baja Tensión, integrante del Instituto de Investigaciones Electo-Energéticas de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, a cargo de la Universidad Gabriel René Moreno. Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales. Es dada en la Sala de Sesiones del H. Congreso Nacional, a los dieciocho días del mes de enero de mil novecientos noventa y cuatro años. Fdo. H. JUAN CARLOS DURAN SAUCEDO, Presidente del H. Senado Nacional.- H. GUILLERMO BEDREGAL GUTIERREZ, Presidente de la H. Cámara de Diputados.- H. Andrés Soliz Rada, Senador Secretario.- H. Guido R, Capra Jemio, Senador Secretario.- H. Eudoro Galindo Anze, Diputado Secretario.- H. Raúl Tovar Piérola, Diputado Secretario. Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República. Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta y un días del mes de enero de mil novecientos noventa y cuatro años. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Presidente Constitucional de la República.- Fernando Romero M., Ministro de Desarrollo Humano.