Ley 1528 1993-1997 Descarga el documento LEY N 1528 LEY DE 14 DE ENERO DE 1994 GONZALO SANCHEZ DE LOZADA PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA CANTON VILLA BARRIENTOS.- Créase en la provincia Sud Yungas, La Paz. Por cuanto el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley: EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL DECRETA: ARTICULO PRIMERO.- Créase el Cantón Villa Barrientos en la jurisdicción de la Provincia Sud Yungas del Departamento de La Paz, comprendiendo bajo la nueva jurisdicción a las comunidades: Conchitas, Huari, Maticusini, El Arrozal, Huañamarca, Incapucara Grande, Incapucara Chico, Totora, Moromuerto, Tocoroni y Villa Esmeralda. ARTICULO SEGUNDO.- Los límites de la nueva jurisdicción son: al Norte, con el Cantón La Asunta; al Sud, con el Cantón Loza; al Este, con el Cantón La Asunta y al Oeste con el Cantón Ocobaya, todos de la Provincia Sud Yungas. ARTICULO TERCERO.- De conformidad con el artículo 6 del Decreto Supremo 2282 de 5 de diciembre de 1850, el Instituto Geográfico Militar queda encargado de efectuar las delimitaciones, levantar el plano y fijar los hitos correspondientes. Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales. Es dada en la Sala de Sesiones del H. Congreso Nacional, a los doce días del mes de enero de mil novecientos noventa y cuatro años. Fdo. H. JUAN CARLOS DURAN SAUCEDO, Presidente del H. Senado Nacional.- H. GUILLERMO BEDREGAL GUTIERREZ, Presidente de la H. Cámara de Diputados.- H. Walter Zuleta Roncal, Senador Secretario.- H. Guido R, Capra Jemio, Senador Secretario.- H. Georg Prestel Kern, Diputado Secretario.- H. Raúl Tovar Piérola, Diputado Secretario. Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República. Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los catorce días del mes de enero de mil novecientos noventa y cuatro años. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Presidente Constitucional de la República.- Lic. Germán Quiroga Gómez, Ministro de Gobierno.- Dr. Antonio Céspedes Toro, Ministro de Defensa Nacional.